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Financiamiento de hipotecas sobre derechos mineros: tres condiciones son indispensables, no permitir que cientos de millones de minas se conviertan en activos muertos

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Autor del artículo:Grupo de Abogados Yingting | Hora de actualización:1970-01-01 | Tiempos de lectura:117

Los jefes que han trabajado duro en la industria minera saben que tener derechos minerales en sus manos es como tener "dinero real". Pero el problema es que los derechos mineros tienen un largo ciclo de realización y una gran cantidad de capital. Muchos propietarios de empresas mineras privadas tienen decenas o incluso cientos de millones de derechos de exploración y minería, pero debido a los deficientes canales de financiación, la cadena de capital es tan estrecha que no pueden dormir.

Convertir los derechos mineros en una herramienta financiera es una necesidad urgente para muchos patrones. ¿Pero sabes qué? Existen tres condiciones legales para el financiamiento de hipotecas sobre derechos mineros, y una de ellas es indispensable. De lo contrario, sus derechos minerales pueden convertirse en un "activo muerto" en un instante y el derecho hipotecario no podrá establecerse en absoluto.

1. La nueva normativa aclara que los derechos mineros pueden ser hipotecados conforme a la ley.

Muchos empresarios todavía están preocupados: ¿Se pueden hipotecar los derechos mineros?La respuesta clara: ¡Sí!

El artículo 37 de la Ley de Recursos Minerales revisada en 2024 (vigente a partir del 1 de julio de 2025) estipula:Los derechos de exploración y los derechos mineros pueden garantizarse según la ley.. El "Reglamento para la Implementación de la Ley de Recursos Minerales" que entrará en vigor el 15 de junio de 2026 se detalla más y aclara los procedimientos de presentación y registro y los requisitos efectivos para las hipotecas de derechos mineros.

Esto significa que la financiación de hipotecas sobre derechos minerales finalmente tiene una base jurídica clara. Las empresas mineras privadas pueden utilizar los derechos mineros y de exploración como garantía para solicitar préstamos a bancos o instituciones financieras.

Pero aquí viene el problema: no todos los derechos mineros pueden ser hipotecados, y se deben cumplir tres condiciones legales al mismo tiempo.

2. Tres condiciones legales, una de las cuales es indispensable

Según el “Reglamento para la Aplicación de la Ley de Recursos Minerales” y las interpretaciones judiciales pertinentes, la hipoteca de derechos mineros debe cumplir al mismo tiempo las siguientes condiciones:

Condición 1: El certificado de derechos mineros es legal y válido.

Este es el umbral más básico. La licencia minera y el certificado de derechos de exploración deben estar dentro del período de validez y el contenido del certificado debe ser coherente con el estado real de los derechos mineros.

Condición 2: El precio de los derechos mineros (producto de la transferencia) se ha pagado en su totalidad o en cuotas según lo acordado.

¡Este es un punto clave que muchos jefes tienden a pasar por alto! El artículo 42 de la Ley de Recursos Minerales estipula:Los titulares de derechos mineros pagarán el producto de la transferencia de derechos mineros de conformidad con las regulaciones nacionales pertinentes.. Las normas de aplicación aclaran además queSi el producto de la transferencia de derechos mineros no ha sido pagado en su totalidad, los derechos mineros no serán hipotecados..

Condición 3: No hay disputa, embargo ni gravamen sobre los derechos mineros.

Si hay una disputa sobre la propiedad de los derechos mineros, el tribunal se ha apoderado de los derechos mineros o los derechos mineros se han establecido con otras garantías reales, no se podrá establecer ninguna hipoteca adicional.

3. Presentación e inscripción: trámites previos para que los derechos hipotecarios surtan efecto

Se han cumplido las tres condiciones, pero aún queda un último paso por recorrer:Registro.

El "Reglamento para la Aplicación de la Ley de Recursos Minerales" estipula claramente:Hipoteca sobre derechos mineros adopta un sistema de presentación, la agencia de presentación es la autoridad emisora original (departamento de recursos naturales).La inscripción es requisito para la validez de los derechos hipotecarios frente a terceros, los derechos hipotecarios no registrados no podrán utilizarse frente a terceros de buena fe.

En términos sencillos:¡Los bancos no reconocerán las hipotecas sobre derechos mineros no registrados!

4. Asesoramiento de un abogado

1.Compruébalo tú mismo antes de financiar: Confirmar que el certificado de derechos mineros es válido, que el precio está pagado en su totalidad y que no existen gravámenes sobre los derechos;

2.Los términos del contrato deben ser estrictos: Aclarar el alcance de la hipoteca, la responsabilidad por incumplimiento de contrato y el método de realización de los derechos de los acreedores;

3.Completar la presentación de manera oportuna: La presentación es un requisito previo para que la hipoteca entre en vigor, así que no se demore;

4.Elija una agencia de evaluación confiable: El informe de tasación debe resistir la inspección de bancos y autoridades judiciales.

Si tienes una mina en la mano, que no cunda el pánico: la premisa es que tu mina puede "moverse".


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