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Interpretación de la “Ley de lo Contencioso Administrativo” ¿Cuáles son las “reclamaciones contenciosas específicas” en los casos de adquisición de terrenos y demolición?

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Autor del artículo:Grupo de Abogados Yingting | Hora de actualización:2019-04-22 | Tiempos de lectura:555

Introducción del artículo: ¿Interpretación de la "Ley de lo Contencioso Administrativo" respecto de cuáles son las "reclamaciones contenciosas específicas" en los casos de adquisición de terrenos y demolición?

Las “reclamaciones litigiosas específicas” previstas en el artículo 49, numeral 3 de la Ley de lo Contencioso Administrativo se refieren a:

(1) Solicitar la sentencia para revocar o modificar el acto administrativo;

Interpretación: Se recomienda que el demandante o demandante tenga cautela al presentar una petición para “solicitar un cambio en la acción administrativa”. Si debía cambiarse, el Tribunal de Ying creía que incluso si se retiraba la petición, el juez haría un cambio.

(2) Solicitar sentencia de que la agencia administrativa cumple con sus deberes estatutarios u obligaciones de pago;

(3) Solicitar sentencia que confirme que el acto administrativo es ilegal;

(4) Solicitar sentencia que confirme la nulidad del acto administrativo;

Interpretación: Para actuaciones administrativas que se encuentren bajo alguna de las siguientes circunstancias, se recomienda que el querellante o demandante presente dicha reclamación: (1) Ultra vires. (2) Prohibición - Violación del principio de prohibición sin disposiciones legales. (3) Otras situaciones ilegales graves y manifiestas.

Interpretación de la “Ley de lo Contencioso Administrativo” ¿Cuáles son las “reclamaciones contenciosas específicas” en los casos de adquisición de terrenos y demolición?


(5) Solicitar sentencia de la agencia administrativa para compensación o compensación;

(6) Solicitud para resolver disputas de acuerdos administrativos;

Interpretación: Se recomienda leer "acuerdo administrativo" como "contrato administrativo". Es mejor no fingir.

(7) Solicitud de revisión conjunta de los documentos normativos que se encuentran debajo de las regulaciones;

(8) Solicitud para resolver juntos disputas civiles relevantes;

(9) Otras reclamaciones litigiosas.

Interpretación: Con respecto a las disposiciones de este párrafo, el Equipo de Demolición de Yingting ha aprendido que se recomienda leerlo y utilizarlo en el contexto de los tipos de casos y resultados de sentencias en Fafa [2004] No. 25, es decir, el "Estilo de sentencia administrativa de primera instancia (juicio)". De esta manera, podrás aprender y aplicar.

Si las partes no expresan correctamente sus reclamaciones en litigio, el Tribunal Popular dará explicaciones.

Interpretación: Las disposiciones de este párrafo [Derecho de Interpretación (Responsabilidad)] son [similares]. Si no hay explicación, las partes podrán solicitar a la segunda instancia que devuelva el juicio, ordenar a la primera instancia que acepte el caso o continuar el juicio.

Interpretación de la “Ley de lo Contencioso Administrativo” ¿Cuáles son las “reclamaciones contenciosas específicas” en los casos de adquisición de terrenos y demolición?


Yingting le recuerda que preste atención a los siguientes plazos legales para no perder la oportunidad de proteger sus derechos.

(1) El artículo 9 de la Ley de Reconsideración Administrativa estipula que si los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones creen que un acto administrativo específico infringe sus derechos e intereses legítimos, pueden presentar una solicitud de revisión administrativa dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que tuvieron conocimiento del acto administrativo específico; sin embargo, se hacen excepciones cuando el período de solicitud prescrito por la ley excede los 60 días. Si el plazo legal de solicitud se retrasa por fuerza mayor u otros motivos legítimos, el plazo de solicitud seguirá computándose a partir de la fecha en que se elimine el obstáculo.

Interpretación de la “Ley de lo Contencioso Administrativo” ¿Cuáles son las “reclamaciones contenciosas específicas” en los casos de adquisición de terrenos y demolición?


(2) El artículo 44 de la Ley de Litigio Administrativo estipula que para los casos administrativos dentro del ámbito del Tribunal Popular, los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones pueden solicitar primero a la agencia administrativa una reconsideración. Si no están satisfechos con la decisión de reconsideración, pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular; también pueden presentar una demanda directamente ante el Tribunal Popular. Las leyes y reglamentos estipulan que primero se debe solicitar una reconsideración a la agencia administrativa. Si uno no está satisfecho con la decisión de reconsideración y luego presenta una demanda ante el Tribunal Popular, se aplicarán las disposiciones de las leyes y reglamentos. El artículo 45 estipula que los ciudadanos, personas jurídicas u otras organizaciones que no estén satisfechos con la decisión de revisión pueden presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los 15 días siguientes a la fecha de recepción de la decisión de revisión. Si la autoridad de revisión no toma una decisión dentro del plazo, el solicitante puede presentar una demanda ante el Tribunal Popular dentro de los quince días siguientes a la expiración del período de revisión. Salvo que la ley disponga lo contrario. El artículo 46 estipula que si un ciudadano, persona jurídica u otra organización interpone directamente una demanda ante el Tribunal Popular, deberá hacerlo dentro de los seis meses siguientes a la fecha en que sepa o deba saber que se ha adoptado la medida administrativa. Salvo que la ley disponga lo contrario. Excepto en los casos presentados sobre bienes inmuebles, el Tribunal Popular no aceptará casos presentados más de cinco años después de la fecha de la acción administrativa.


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